sábado, 25 de marzo de 2017

Derechos y obligaciones de los pacientes

La creciente complejidad de los sistemas sanitarios, el intenso desarrollo de la ciencia y la tecnología médico sanitaria, la burocratización, el trabajo en equipo y la masificación, han condicionado que la práctica médica se haya vuelto más arriesgada y más impersonal y deshumanizada. Todo esto ha traído la necesidad de una reformulación de los derechos de los pacientes, no desde la visión de los proveedores de la asistencia sanitaria o de las instituciones, sino desde el punto de vista individual, como usuarios y parte fundamental de la asistencia sanitaria. Cuando hablamos de derechos de los pacientes, hay que distinguir entre derechos sociales y derechos individuales. Los derechos sociales se disfrutan colectivamente, están relacionados con la gama de servicios disponibles, con la igualdad de acceso a la asistencia sanitaria y con la no discriminación por razones económicas, geográficas, culturales, sociales, etc.. 
Dependen del grado de desarrollo de la sociedad y por lo tanto influyen en su desarrollo factores económicos, políticos, sociales y culturales. Los derechos individuales, por el contrario, contienen cuestiones relacionadas con la integridad de la persona, con su dignidad, su intimidad o sus convicciones religiosas. Son el resultado de las sucesivas conquistas sociales de los ciudadanos, se disfrutan individualmente y son los que promueven prácticas sanitaria de calidad y humanas. La promulgación de largas listas de derechos no serian suficientes para garantizar esta asistencia de calidad, sin la aportación por parte de las administraciones sanitarias de los medios adecuados. Por último, para que los actos médicos se desarrollen con normalidad, se requiere que los pacientes colaboren activamente y de buena fe con los profesionales de la sanidad


Conquistas de los pacientes para una atención de calidad:  

A lo largo de la historia se han producido una serie de declaraciones que han sentado las bases y sin las cuales hoy no sería posible hablar de derechos de los pacientes: 

  • Declaración Universal de los Derechos Humanos. Asamblea General de las Naciones Unidas, 1948 
  • Convenio Europeo sobre Derechos Humanos y Libertades fundamentales, 1950 
  • Carta Social Europea, 1961 
  • Convenio Internacional sobre los Derechos Civiles y Políticos, 1966 
  • Convenio Europeo sobre Derechos Económicos, Sociales y Culturales, 1966 
  • Asamblea Parlamentaria del Consejo de Europa. Comisión de Salud y Asuntos Sociales, 1976 
  • Derechos de los Pacientes. Asociación Médica Mundial, 1995 
  • Convenio relativo a los Derechos Humanos y la biomedicina, 1997


DERECHOS UNIVERSALMENTE 
RECONOCIDOS DE LOS PACIENTES


* Estos derechos son un importante avance; pero aun adolece de faltas como el derecho del paciente a morir con dignidad, el derecho a no prolongar su sufrimiento en una enfermedad terminal, el derecho a la asistencia religiosa, al respeto de sus convicciones culturales y morales.
OBLIGACIONES UNIVERSALMENTE 
EXIGIDAS A LOS PACIENTES


* Estas obligaciones son un importante avance; pero aun adolece de faltas como en caso de negarse a las actuaciones sanitarias, el paciente debe firmar el documento pertinente, en el que quedará expresado con claridad que ha quedado suficientemente informado y rechaza el procedimiento sugerido.

Derechos del Adulto Mayor
  • Tener acceso a alimentación, agua, vivienda, vestimenta y atención de salud adecuados mediante ingresos propios suficientes y/o el apoyo de sus familias y de la comunidad.
  • Tener la posibilidad de trabajar o tener acceso a otras alternativas de obtener ingresos.
  • Poder participar en la determinación de cuándo y en qué medida cesarán de desempeñar actividades laborales.
  • Tener acceso a programas educativos y de formación adecuados.
  • Tener la posibilidad de vivir en entornos seguros y adaptables a sus preferencias y capacidades.
  • Poder residir en su propio domicilio por tanto tiempo como sea posible
  • Permanecer integradas en la sociedad, participar activamente en la formulación y en la aplicación de las políticas que afectan directamente su bienestar.
  • Poder buscar y aprovechar oportunidades de prestar servicio a la comunidad y de trabajar como voluntarios en puestos apropiados a sus intereses y capacidades.
  • Poder formar movimientos o asociaciones de personas de edad avanzada.
  • Poder disfrutar de los cuidados y la protección de la familia y la comunidad de acuerdo con el sistema de valores culturales de cada sociedad.
  • Tener acceso a servicios de atención de salud que les ayuden a mantener o recuperar un nivel óptimo de bienestar físico, mental y emocional, así como a prevenir o retrasar la aparición de la enfermedad.
  • Tener acceso a servicios sociales y jurídicos que les aseguren mayores niveles de autonomía, protección y cuidado.
  • Tener acceso a medios apropiados de atención institucional que les proporcionen protección, rehabilitación y estímulo social y mental.
  • Poder disfrutar de sus derechos humanos y libertades fundamentales cuando residan en hogares o instituciones donde se les brinden cuidado o tratamiento, con pleno respeto de su dignidad, creencias, necesidades e intimidad, así como de su derecho a adoptar decisiones sobre su cuidado y sobre su calidad de vida.
  • Poder aprovechar las oportunidades para desarrollar plenamente su potencial.
  • Tener acceso a los recursos educativos, culturales, espirituales y recreativos de la sociedad.
  • Poder vivir con dignidad y seguridad y verse libres de explotaciones y de malos tratos físicos o mentales.
  • Recibir un trato digno independientemente de la edad, sexo, raza o procedencia étnica, discapacidad u otras condiciones, y han de ser valorados, independientemente de su contribución económica.

Derechos del Paciente Terminal

  • Tengo el derecho de ser tratado como un ser humano vivo hasta el momento de mi muerte.
  • Tengo el derecho de mantener una esperanza, cualquiera que sea esta esperanza.
  • Tengo el derecho de expresar a mi manera mis sufrimientos y mis emociones por lo que respecta al acercamiento de mi muerte.
  • Tengo el derecho de obtener la atención de médicos y enfermeras, incluso si los objetivos de curación deben ser cambiados por objetivos de confort.
  • Tengo el derecho de no morir solo.
  • Tengo el derecho de ser liberado del dolor.
  • Tengo el derecho de obtener una respuesta honesta, cualquiera que sea mi pregunta.
  • Tengo el derecho de no ser engañado.
  • Tengo el derecho de recibir ayuda de mi familia y para mi familia en la aceptación de mi muerte.
  • Tengo el derecho de morir en paz y con dignidad.
  • Tengo el derecho de conservar mi individualidad y de no ser juzgado por mis decisiones, que pueden ser contrarias a las creencias de otros.
  • Tengo el derecho de ser cuidado por personas sensibles y competentes, que van a intentar comprender mis necesidades y que serán capaces de encontrar algunas satisfacciones ayudándome a entrenarme con la muerte.
  • Tengo el derecho de que mi cuerpo sea respetado después de mi muerte.
Derechos del Paciente Terminal
  1. El paciente tiene derecho a mantener hasta el final de sus días la misma dignidad y autonomía a las que ha tenido derecho en la vida.
  2. El paciente tiene derecho a obtener información veraz, franca y completa acerca de su diagnóstico, opciones de tratamiento y pronóstico.
  3. El paciente tiene derecho a ser atendido por profesionales sensibles a sus necesidades y temores en su proceso de aproximación a la muerte, pero competentes en su campo y seguros de lo que hacen.
  4. El paciente tiene derecho a ser el eje principal de las decisiones que se tomen en la etapa final de su vida.
  5. El paciente tiene derecho a que no se le prolongue el sufrimiento indefinidamente, ni se apliquen medidas extremas y heroicas para sostener sus funciones vitales.
  6. El paciente tiene derecho a obtener alivio efectivo de su dolor y de sus síntomas, aun si los medicamentos o medidas requeridas para ello le redujeran el tiempo de vida restante.
  7. El paciente tiene derecho a que las necesidades y temores de sus seres queridos sean tenidos en cuenta antes y después de su muerte.
  8. El paciente tiene derecho a recibir asistencia espiritual siempre que lo solicite y a que le sean respetadas sus creencias religiosas, cualesquiera que sean.
  9. El paciente tiene derecho a conocer y recibir explicaciones sobre los costos de los servicios recibidos. En situación de urgencia, se le debe atender sin exigir pago previo.
  10. El paciente tiene derecho a morir con dignidad, tan confortable y apaciblemente como sea posible.

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